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CONVOCATORIA ABIERTA A LAS ORGANIZACIONES DEL SECTOR EXTRACTOR Y DEL SECTOR INDUSTRIAL DE LA CADENA AGROPRODUCTIVA DE LA PALMA ACEITERA

 

Convocatoria Proceso de convocatoria para proceso eleccionario de representantes de las organizaciones del sector extractor e industrial de palma aceitera, para participar en la Mesa Técnica de Comercialización de Palma Aceitera y derivados.
Participantes Organizaciones del sector extractor y del sector industrial de la cadena agroproductiva de la palma aceitera.
Fecha máxima recepción de solicitudes 5 de enero de 2025
Entrega documentación digital agroindustria@produccion.gob.ec; sagroindustrias@gmail.com; sarellano@produccion.gob.ec;

 

  1. MARCO LEGAL

La Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo de la Producción, Comercialización, Extracción, Exportación e Industrialización de la Palma Aceitera y sus Derivados, establece en su Artículo 14: “Constitúyase la mesa técnica de comercialización de la Cadena Agroproductiva de la Palma Aceitera que podrá estructurar y sugerir mecanismos de comercialización acordes a las condiciones del mercado local e internacional, el nivel de inventarios y la producción local (…), y en su Artículo 15 establece  “ (…) La Mesa Técnica de Comercialización de la Cadena Agroproductiva de la Palma Aceitera, tiene como finalidad asesorar a la Autoridad Nacional Agraria en la formulación de políticas para la cadena agroproductiva del sector palmicultor a fin de garantizar su desarrollo y el aseguramiento de la potencialización del sector y estará integrada por:

  1. a) La Autoridad Nacional Agraria o su delegado, quien la presidirá;
  2. b) La Autoridad Nacional de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (o la institución que haga sus veces), o su delegado;
  3. c) Tres representantes de los gremios de productores grandes, medianos y pequeños de palma aceitera de las diferentes provincias productoras;
  4. d) Un representante de gremios del sector extractor;
  5. e) Un representante de gremios del sector industrial; y,
  6. f) Un representante de la economía popular y solidaria del sector palmicultor (…)”

El Acuerdo Ministerial Nro. 070 de 11 de noviembre de 2024 en su disposición transitoria cuarta establece que: “En un término no mayor a cuarenta y cinco (45) días posteriores a la emisión del presente reglamento, las organizaciones del sector extractor e industrial de la cadena agroproductiva de la palma aceitera, notificarán a la Autoridad Nacional de la Producción, en su calidad de ente rector, la designación de sus representantes a la Mesa Técnica.”

  1. CONVOCATORIA

Acorde al requerimiento efectuado por las organizaciones sociales y de conformidad a la normativa expuesta, se convoca a las organizaciones del sector extractor y del sector industrial de la cadena agroproductiva de la palma aceitera, a participar del proceso eleccionario de representantes para la Mesa Técnica de Comercialización de Palma Aceitera y Derivados. Las organizaciones deberán remitir vía correo electrónico la siguiente documentación hasta el 5 de enero de 2025:

  1. Nombre completo de la organización de la sociedad civil y número de RUC.
  2. Nombre del representante legal y número de cédula.
  3. Número de teléfono y correo electrónico de la organización de la sociedad civil o su representante legal.
  4. Copia simple del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  5. Copia de la resolución de aprobación del estatuto y otorgamiento de personería jurídica.
  6. Resolución de registro de directiva vigente.
  7. Copia de la cédula de identidad del representante legal de la organización vigente.
  8. En el caso de que el participante del proceso eleccionario sea un delegado, se deberá presentar una carta de autorización por parte del representante legal y la copia de cédula del delegado.

 

  1. ALCANCE DE LA POSTULACIÓN

Convocar a las organizaciones del sector extractor y del sector industrial de la cadena agroproductiva de la palma aceitera, a participar del proceso eleccionario de representantes para formar parte de la Mesa Técnica de Comercialización de Palma Aceitera y Derivados, de acuerdo a lo establecido en la Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo de la Producción, Comercialización, Extracción, Exportación e Industrialización de la Palma Aceitera y sus Derivados.

Las postulaciones se receptarán por correo electrónico hasta el día 5 de enero de 2025, posterior a esto, el MPCEIP actuará como facilitador, convocando a una Asamblea a las Organizaciones para que realicen la elección de sus representantes.