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LOS SECTORES PRODUCTIVOS TENDRÁN LIBRE MOVILIDAD PARA GARANTIZAR LA OPERACIÓN DE LOS MERCADOS INTERNOS Y DE EXPORTACIÓN

COMUNICADO

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca ratifica que los sectores productivos tendrán la movilidad y operatividad logística requerida para garantizar la operación y abastecimiento de los mercados internos y el cumplimiento de los embarques de productos al exterior. Esta cartera de Estado se encuentra trabajando en un esquema de categorización para que, acorde con las particularidades y sensibilidades de cada sector, se garantice que los productos se envíen desde los centros de producción o distribución hasta los destinos asignados, puntos de consumo, exportación y/o plantas industriales, acorde con la situación de seguridad territorial.

El decreto de Estado de Excepción suscrito por el presidente de la República, Daniel Noboa, contempla además en su artículo 7, numeral seis, que se exceptúan de las restricciones de libertad de tránsito a “las personas que formen parte de una cadena logística, incluido el sector exportador, quienes deberán demostrar que pertenecen a una empresa cuyo giro ordinario de negocio requiere el transporte de carga ,y de ser el caso, la licitud de la carga que transportan; de igual manera, empresas cuyas plantas o facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos y sus empleados, debiendo acreditar tal calidad con el carné o identificación de su empleador”.